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PROPONER UN “PATRIMONIO BIOCULTURAL” PARA FORJAR UN DERECHO SUI GENERIS PARA LAS PAPAS NATIVAS PERUANAS.

El régimen jurídico internacional sobre recursos vegetales articula diferentes tipos de derechos, oscilando entre un derecho privado inspirado por el sector industrial, y otro público de tipo patrimonio de la humanidad. En este sistema, no hay espacio para el reconocimiento de los derechos de los agricultores sobre el material vegetal que han contribuido a crear (domesticando plantas silvestres) y a mantener. La variedades nativas son tratadas como un bien público y ciertas instituciones internacionales (Grupos internacionales consultativos de investigación agrícola a través de bancos de germoplasma) tienen el papel de colectarlas para conservarlas y ponerlas a disposición para investigaciones y mejoramientos. En este marco, destaca el caso del Perú y de un proyecto específico, el Parque de la papa (Pisac, Cusco). Pues el Perú, a pesar de querer a la vez proteger los derechos privados del sector agroalimenticio (con los acuerdos UPOV), ofrece ahora un marco legal nacional para el reconocimiento de los derechos y de los saberes de las comunidades indígenas. La labor realizada el Parque ya mencionado se inscribe en este marco legal, y va hacia un reconocimiento del papel de las comunidades en la conservación de la biodiversidad de la papa, y la creación de un tipo de derecho sui generis sobre estos recursos. A partir de datos etnográficos, propongo una reflexión sobre el proceso en curso de creación de un patrimonio “bio-cultural” indígena en torno a las variedades de papas nativas, analizando como sistemas legales distintos (nacional, internacional, regional) son movilizados como recursos.

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