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El régimen tutelar: pueblos indígenas y poblaciones marginadas (Brasil /siglos XX y XXI)

La legislación republicana (siglo XX) otorgó a los indígenas una condición tutelar, considerándolos incapaces de ejercer actos políticos y jurídicos, al igual que los menores, las mujeres casadas y los discapacitados. Para que sus acciones fueran válidas, debían ser remitidas a través de un tutor, papel que las leyes atribuían al Estado brasileño, representado por una agencia indígena específica. Las prácticas sociales tampoco reconocieron su protagonismo o la particularidade de sus discursos.A partir de las últimas décadas, el inicio de las movilizaciones indígenas, favorecidas por una coyuntura interna (la Constitución de 1988) y una externa (el paradigma de participación planteado por los organismos internacionales), creó espacio para un nuevo tipo de ciudadanía, inclusiva en el aspecto de derechos pero diferenciada culturalmente. Hoy el movimiento indígena es uno de los principales actores que intervienen en la vida pública nacional.Sin embargo, gran parte de la población brasileña que vive en situaciones de expansión de la frontera económica permanece sujeta a un régimen tutelar, muy similar al reservado a los indígenas en el pasado. Solo que ahora, de hecho y sin sustento de una doctrina jurídica, imouesto por grandes corporaciones, estructuras para- estatales y empresarios locales, que actúan como poderes absolutos y demandan múltiples formas de soberanía. La comunicación aborda precisamente este entrelazamiento de formas pasadas y presentes de participación política y sus paralelos con los regímenes de patronaje, clientelismo y tutela militar que afectan a sectores marginados de la sociedad brasileña.