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AGUA, TIERRA Y PAZ: JURISDICCIONES CONSUETUDINARIAS DEL SUR DE EUROPA Y ÁFRICA A LA LUZ DEL PATRIMONIO

El patrimonio como sistema de creencias influye en cómo se producen los consensos o disensos sociales al respecto; el patrimonio como instrumento político, a su vez, ratifica o desestima objetos culturales como símbolos-icebergs de realidades sociales mucho más complejas de lo que nos deja ver la metáfora o metonimia patrimonial. La antropología ofrece sobre el patrimonio, así, una comprensión que podríamos considerar dialéctica, en lugar de metafísica, sobre esta invención humana. A pesar de las diversas diatribas epistemológicas que el patrimonio como concepto sugiere a la antropología, el potencial reflexivo de ésta en torno a la cuestión resulta tan singular que no pareciera deber quedarse al margen de ello.Asumiendo esta perspectiva dialécticamente crítica de la antropología sobre el patrimonio, propongo un análisis comparado de dos tipos muy alejados -geográfica y culturalmente- de jurisdicción consuetudinaria considerada de valor patrimonial de diversas maneras, a saber: a) el Tribunal de las Aguas de Valencia y el Consejo de Hombres de Buenos de la Huerta de Murcia (España, Europa; “Patrimonio Inmaterial de la Humanidad” por UNESCO desde 2009), de un lado,  y b) los Khutas de la región de Zambeze en el Estado de Namibia (África austral), de otro. Las unidades de análisis y comparación en ambos casos serán el género, las utilidades y aplicaciones (historia y evolución) y, especialmente, la condición patrimonial: en definitiva, ¿por qué a) es patrimonio por la UNESCO y b) no, y aun siendo ambos todavía funcionales y útiles?

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